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Influenza aviar: Zona de protección y zona de vigilancia en Ness, Isla de Lewis

Jun 01, 2023Jun 01, 2023

Declaración de Locales Infectados, Zona de Protección y Zona de Vigilancia en Ness, Isla de Lewis.

El Director Veterinario (Escocia) se ha formado la opinión de que existe, o ha existido en los 56 días anteriores, gripe aviar altamente patógena en las instalaciones y ha informado a los Ministros escoceses de esa conclusión.

De conformidad con el artículo 19 de la Orden sobre gripe aviar e gripe de origen aviar en mamíferos (Escocia) de 2006 (“la Orden”), los Ministros escoceses confirman la existencia de gripe aviar altamente patógena y declaran que las instalaciones del anexo 1 son instalaciones infectadas. .

Los Ministros escoceses, habiendo tenido en cuenta los criterios del artículo 27(5) de la Orden, declaran, en virtud del artículo 26(1) de la Orden, que el área descrita en el Anexo 2 de esta Declaración es una Zona de Protección. En toda la Zona de Protección se aplican las medidas establecidas en el anexo 4 de la Orden (según se enumeran en el Anexo 2).

Los Ministros escoceses, habiendo tenido en cuenta los criterios del artículo 27(5) de la Orden, declaran, en virtud del artículo 26(1) de la Orden, que el área descrita en el Anexo 3 de esta Declaración es una Zona de Vigilancia. En toda la Zona de Vigilancia se aplican las medidas establecidas en el anexo 5 de la Orden (según se enumeran en el Anexo 3).

Las Zonas de Protección y Vigilancia están señalizadas en el mapa del Anexo 4.

Esta Declaración tiene efecto desde la fecha y hora en que se realiza, hasta que sea modificada o revocada mediante nueva declaración.

Firmado Sra. Gillian Martin.

Realizado el 25 de agosto de 2023 a las 18:35 horas.

Autorizado a firmar por los ministros escoceses.

El incumplimiento de esta Declaración puede constituir un delito según los artículos 72 o 73 de la Ley de Sanidad Animal de 1981.

Copias de esta Declaración y de la Orden están disponibles en www.gov.scot/avianinfluenzay de la Dirección de Agricultura y Economía Rural del Gobierno de Escocia, Saughton House, Broomhouse Drive, Edimburgo, EH11 3XD.

Las instalaciones infectadas son las conocidas como 20B North Dell, Isle of Lewis, HS2 0SW y su pequeña propiedad asociada.

La Zona de Protección es la parte de Escocia contenida dentro de un círculo con un radio de 3 kilómetros, centrado en la referencia de cuadrícula NB4979661932..La Zona de Protección es el área dentro del círculo más pequeño en el mapa del Anexo 4.

Mantenimiento de registros y deber de informar a los ministros escoceses sobre los cambios en la salud de las aves

1.El ocupante de cualquier local debe hacer un registro de:

(a) el nombre y dirección de cualquier persona que visite las instalaciones (a menos que la visita sea sólo a una parte de las instalaciones donde vive gente y donde no se mantienen aves de corral u otras aves cautivas);

b) la fecha de la visita;

(c) si la persona tuvo algún contacto con aves de corral u otras aves cautivas en las instalaciones.

2.El ocupante de dichos locales debe mantener un registro de todas las aves de corral que entran o salen de esos locales.

3.Toda persona que se dedique al transporte o comercialización de aves de corral o huevos de aves de corral deberá llevar un registro de todas las aves de corral y huevos de aves de corral que transporte o comercialice.

4.Los registros a que se refieren los párrafos 2 y 3 deben incluir:

a) la cantidad y descripción (incluidas las especies de aves de corral y el tipo de huevo) transportadas o comercializadas;

(b) en el caso de movimiento desde locales:

(i) la fecha del traslado fuera de las instalaciones;

(ii) las instalaciones de destino (si se conocen);

(iii) el nombre y dirección de la persona a quien se transfiere o se ha transferido la propiedad o posesión;

(c) en el caso de traslado a locales:

i) la fecha del traslado al local;

(ii) las instalaciones desde donde se originó el movimiento (si se conocen);

(iii) el nombre y dirección de la persona de quien se transfiere o se ha transferido la propiedad o posesión;

d) en el caso de comercialización sin movimiento asociado, el nombre y dirección de la persona a quien y la fecha en que se transfirió la propiedad;

(e) la identidad y dirección de dicha persona.

5.Los párrafos 1 y 3 no se aplican a:

a) la distribución al por menor de huevos y los movimientos posteriores a dicha distribución; o

(b) el movimiento de personas a zoológicos, parques naturales o (a menos que lo exijan los Ministros escoceses) cualquier otro local abierto al público, siempre que el público no tenga acceso a ninguna zona donde se mantengan aves.

6.El ocupante de cualquier local en la zona de protección debe mantener los siguientes registros:

(a) el número o número aproximado de aves de corral (si las hay) en las instalaciones;

b) el número de aves de corral que enferman en el establecimiento;

c) el número de aves de corral que mueren en el establecimiento;

d) la cantidad de alimento y, cuando sea posible, de agua que consumen las aves de corral en las instalaciones;

e) cualquier producción de huevos en las instalaciones.

Aislamiento de aves de corral y otras aves cautivas

7.El ocupante de locales donde se mantienen aves de corral u otras aves cautivas debe asegurarse de que:

(a) alojado; o

b) mantenerse aislado (si, en opinión de un inspector veterinario, el alojamiento no es práctico o afectaría negativamente al bienestar de las aves en un grado significativo).

8.Si las aves se mantienen aisladas pero no alojadas, el ocupante debe:

a) garantizar que no tengan contacto con aves de corral u otras aves cautivas en otras instalaciones; y

(b) tomar todas las medidas razonables para minimizar su contacto con aves silvestres de acuerdo con las instrucciones de un inspector veterinario.

Eliminación de cadáveres

9.El ocupante debe asegurarse de que todos los cadáveres no incautados o eliminados por un inspector veterinario se eliminen de acuerdo con las instrucciones del inspector veterinario (a menos que autorice su uso para el diagnóstico de enfermedades).

Medidas de bioseguridad

10.El ocupante y cualquier persona que entre o salga de instalaciones donde se mantienen aves de corral, otras aves cautivas o huevos deben:

a) adoptar medidas de bioseguridad adecuadas para reducir el riesgo de propagación de la gripe aviar hacia o desde las instalaciones; y

(b) cumplir con cualquier requisito de bioseguridad que imponga un inspector veterinario, mediante notificación.

Camada, estiércol y purines de aves

11.Ninguna persona retirará de las instalaciones de la zona ni esparcirá excrementos de aves, estiércol o purines de aves usados, a menos que tenga autorización para hacerlo de un inspector veterinario.

Reuniones de aves de corral

12.Ninguna persona permitirá que se recolecten aves de corral u otras aves cautivas en ninguna feria, mercado, espectáculo, exposición u otra reunión.

lanzamiento del juego

13.Ninguna persona liberará aves de caza.

Restricciones al movimiento de mamíferos, aves, huevos, carne y canales de aves de corral

14.— (1) Sujeto al subpárrafo (2), ninguna persona podrá trasladar ningún mamífero doméstico dentro, dentro o fuera de la zona de protección a menos que el movimiento esté autorizado por un inspector veterinario o por un inspector bajo la dirección de un inspector veterinario.

(2) El subpárrafo (1) no se aplica a un animal de compañía que:

(a) sólo tiene acceso a una parte de las instalaciones donde vive la gente;

(b) no tiene contacto con aves de corral u otras aves cautivas en las instalaciones; y

(c) no tiene acceso a ninguna jaula o área de las instalaciones donde se mantienen aves de corral u otras aves cautivas.

15.Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo 16, ninguna persona podrá trasladar aves de corral, otras aves cautivas, huevos o cadáveres dentro, dentro o fuera de la zona de protección a menos que:

(a) el movimiento se establece en el párrafo 17 y es;

(yo dirijo;

(ii) licencia de un inspector veterinario o de un inspector bajo la dirección de un inspector veterinario;

(b) el movimiento involucra únicamente la distribución al por menor de huevos de mesa o es un movimiento posterior a dicha distribución; o

c) el movimiento se realiza dentro del mismo local.

dieciséis.Las aves de corral y los huevos pueden transportarse a través de la zona de protección por una carretera o vía férrea importante si no se hace ninguna parada dentro de la zona.

17.Los movimientos a que se refiere el párrafo 15(a) son los siguientes:

a) aves de corral procedentes de instalaciones situadas en la zona de protección para su sacrificio inmediato en un matadero (si se cumplen los requisitos del apartado 18 y cualesquiera condiciones adicionales de la licencia);

b) carne de aves de corral dentro o fuera de la zona de protección (si se cumplen los requisitos del párrafo 19 y cualquier condición adicional de la licencia);

c) aves de corral a un matadero designado dentro de la zona de protección desde locales fuera de la zona (si se cumplen los requisitos del párrafo 20 y cualquier condición adicional de la licencia);

d) pollitos de un día nacidos de huevos producidos en la zona de protección o de huevos que entraron en contacto con dichos huevos (si se cumplen los requisitos del apartado 21 y cualquier condición adicional de la licencia);

e) los pollitos de un día nacidos de huevos procedentes de fuera de la zona de protección y de la zona de vigilancia se mantendrán separados de los huevos producidos en dicha zona (si se cumplen los requisitos del apartado 22 y cualquier condición adicional de la licencia);

f) aves listas para poner en instalaciones, o parte de las instalaciones, donde no se mantienen aves de corral (si se cumplen los requisitos del párrafo 23 y cualquier condición adicional de la licencia);

g) incubar huevos desde fuera de la zona a un criadero designado en la zona o a laboratorios o institutos designados para su uso con fines científicos, de diagnóstico o farmacéuticos (si se cumple alguna de las condiciones de la licencia);

(h) huevos para incubar de la zona–

(i) a cualquier criadero designado; o

(ii) a laboratorios o institutos designados para su uso con fines científicos, de diagnóstico o farmacéuticos

(si, en ambos casos, se cumplen los requisitos del párrafo 24 y cualquier condición adicional de la licencia);

i) huevos a un centro de embalaje (si se cumplen los requisitos del párrafo 25 y cualquier condición adicional de la licencia);

j) huevos a las instalaciones para la fabricación de ovoproductos a que se refiere el capítulo II de la sección X del anexo III del Reglamento (CE) nº 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal origen (si se cumple alguna de las condiciones de la licencia);

k) huevos para su eliminación (si se cumple alguna de las condiciones de la licencia);

(l) canales para su eliminación (si se cumple alguna de las condiciones de la licencia).

Requisitos para el transporte de aves de corral desde locales de la zona para su sacrificio inmediato a un matadero designado

18.Las aves de corral no se deben mover a menos que se cumplan los siguientes requisitos:

a) un inspector veterinario deberá hacer examinar clínicamente a las aves de corral en las instalaciones como máximo 24 horas antes de que abandonen las instalaciones; y

b) las aves de corral se transporten en vehículos precintados por un inspector veterinario o siguiendo las instrucciones de un inspector veterinario.

Requisitos para el movimiento de carne de aves de corral enviada a un matadero designado desde locales dentro de la zona

19.La carne de ave no deberá trasladarse salvo que cumpla los requisitos del artículo 61.

Requisitos para el traslado de aves de corral a un matadero dentro de la zona desde locales fuera de la zona

20.Las aves de corral no deberán trasladarse a menos que se mantengan separadas de las aves originarias de la zona y posteriormente se sacrifiquen por separado o en momentos diferentes de las demás aves de corral.

Requisitos para el movimiento de pollitos de un día nacidos de huevos producidos en la zona o de huevos que tuvieron contacto con dichos huevos

21.Los pollitos de un día no deberán trasladarse a menos que sean transportados en vehículos sellados por un inspector veterinario o de acuerdo con las instrucciones de un inspector veterinario.

Requisitos para el desplazamiento de pollitos de un día nacidos de huevos procedentes de fuera de la zona

22.Los pollitos de un día procedentes de huevos procedentes de fuera de las zonas de protección y vigilancia no deberán transportarse a menos que la planta de incubación situada dentro de la zona funcione de forma que dichos huevos no entren en contacto con huevos o pollitos de un día procedentes de dentro de la zona.

Requisitos para el movimiento de aves de corral listas para poner

23.Las aves de corral listas para poner no deben trasladarse de las instalaciones dentro de la zona a menos que:

a) las aves de corral y otras aves cautivas que se encuentren en las instalaciones hayan sido examinadas clínicamente por un inspector veterinario; y

b) las aves de corral listas para poner se transporten en vehículos precintados por el inspector veterinario o de acuerdo con las instrucciones de un inspector veterinario.

Requisitos para el movimiento de huevos para incubar desde la zona a un criadero designado o a un laboratorio o instituto designado para su uso con fines científicos, de diagnóstico o farmacéuticos

24.Los huevos para incubar no deben trasladarse de la zona a ningún criadero, laboratorio o instituto a menos que:

a) un inspector veterinario no sospeche de gripe aviar en las manadas de las que proceden los huevos;

b) los huevos y sus envases se desinfectarán antes de su envío; y

c) los huevos se transporten en vehículos precintados por un inspector veterinario o siguiendo sus instrucciones.

Requisitos para el movimiento de huevos de mesa a un centro de empaque

25.Los huevos de mesa no deben trasladarse a un centro de embalaje a menos que la persona que los transporte cumpla con los requisitos de bioseguridad establecidos por un inspector veterinario.

Requisitos en los mataderos

26.El ocupante de un matadero al que se envíen aves de corral procedentes de la zona deberá asegurarse de que se cumplen los requisitos del artículo 61.

Requisitos para la carne de ave

27.La carne de aves de corral originarias de la zona está sujeta a los requisitos establecidos en el artículo 61, apartado 3.

28.La carne de aves de corral procedentes de fuera de la zona está sujeta a los requisitos establecidos en el artículo 61, apartado 4.

Limpieza y desinfección de vehículos.

29.Una persona que transporte aves de corral, otras aves cautivas, carne, alimento, estiércol, purines, cama o cualquier otra cosa que pueda estar contaminada debe limpiar y desinfectar el vehículo y cualquier equipo utilizado para transportar esa cosa tan pronto como se descargue, en de conformidad con el artículo 65.

30.Una persona que entre o salga de un local en vehículo deberá limpiar y desinfectar sin demora cualquier parte del vehículo que pueda haber sido contaminada de conformidad con el artículo 65.

Acceso a lugares prohibidos

31.Ninguna persona podrá entrar en ningún lugar objeto de un aviso de prohibición en virtud del artículo 33, excepto de conformidad con ese artículo.

Vigilancia veterinaria

32.Los Ministros escoceses deben garantizar que la vigilancia veterinaria que consideren necesaria para controlar la gripe aviar se lleve a cabo en los locales a los que se trasladen los bienes de conformidad con este calendario.

La Zona de Vigilancia es la parte de Escocia contenida dentro de un círculo con un radio de 10 kilómetros, centrado en la referencia de cuadrícula NB4979661932., pero más allá de la Zona de Protección. La Zona de Vigilancia es el área de Escocia dentro del círculo más grande pero fuera del círculo más pequeño en el mapa del Anexo 4.

Medidas aplicables en la Zona de Vigilancia

Mantenimiento de registros y deber de informar a los ministros escoceses sobre los cambios en la salud de las aves

1.El ocupante de cualquier local debe hacer un registro de:

(a) el nombre y dirección de cualquier persona que visite las instalaciones (a menos que la visita sea sólo a una parte de las instalaciones donde vive gente y donde no se mantienen aves de corral u otras aves cautivas);

b) la fecha de la visita;

(c) si la persona tuvo algún contacto con aves de corral u otras aves cautivas en las instalaciones.

2.El ocupante de dichos locales debe mantener un registro de todas las aves de corral que entran o salen de esos locales.

3.Toda persona que se dedique al transporte o comercialización de aves de corral o huevos de aves de corral deberá llevar un registro de todas las aves de corral y huevos de aves de corral que transporte o comercialice.

4.Los registros a que se refieren los párrafos (2) y (3) deben incluir:

a) la cantidad y descripción (incluidas las especies de aves de corral y el tipo de huevo) transportadas o comercializadas;

(b) en el caso de movimiento desde locales:

(i) la fecha del traslado fuera de las instalaciones;

(ii) las instalaciones de destino (si se conocen);

(iii) el nombre y dirección de la persona a quien se transfiere o se ha transferido la propiedad o posesión;

(c) en el caso de traslado a locales:

i) la fecha del traslado al local;

(ii) las instalaciones desde donde se originó el movimiento (si se conocen);

(iii) el nombre y dirección de la persona de quien se transfiere o se ha transferido la propiedad o posesión;

d) en el caso de comercialización sin movimiento asociado, el nombre y dirección de la persona a quien y la fecha en que se transfirió la propiedad;

(e) la identidad y dirección de dicha persona.

5.Los párrafos 1 y 3 no se aplican a:

a) la distribución al por menor de huevos y los movimientos posteriores a dicha distribución; o

(b) el movimiento de personas a zoológicos, parques naturales o (a menos que lo exijan los Ministros escoceses) cualquier otro local abierto al público, siempre que el público no tenga acceso a ninguna zona donde se mantengan aves.

6.El ocupante de cualquier local en la zona de vigilancia debe mantener los siguientes registros:

(a) el número o número aproximado de aves de corral (si las hay) en las instalaciones;

b) el número de aves de corral que enferman en el establecimiento;

c) el número de aves de corral que mueren en el establecimiento;

d) la cantidad de alimento y, cuando sea posible, de agua que consumen las aves de corral en las instalaciones;

e) cualquier producción de huevos en las instalaciones.

Restricciones al movimiento de aves de corral, otras aves cautivas y mamíferos dentro y fuera de las instalaciones

7.— (1) Ninguna persona podrá trasladar aves de corral, otras aves cautivas o mamíferos de especies domésticas desde o hacia instalaciones dentro de la zona de vigilancia, a menos que el movimiento esté autorizado por un inspector veterinario o por un inspector bajo la dirección de un inspector veterinario.

(2) El subpárrafo (1) no se aplica a los mamíferos domésticos que:

(a) tener acceso únicamente a una parte de las instalaciones donde vive la gente;

(b) no tener contacto con aves de corral u otras aves cautivas en las instalaciones; y

(c) no tener acceso a ninguna jaula o área de las instalaciones donde se mantienen aves de corral u otras aves cautivas.

Medidas de bioseguridad

8.El ocupante y cualquier persona que entre o salga de instalaciones donde se mantienen aves de corral, otras aves cautivas o huevos deben:

a) adoptar medidas de bioseguridad adecuadas para reducir el riesgo de propagación de la gripe aviar hacia o desde las instalaciones; y

(b) cumplir con cualquier requisito de bioseguridad que imponga un inspector veterinario, mediante notificación.

Camada, estiércol y purines de aves

9.Ninguna persona retirará de las instalaciones de la zona ni esparcirá excrementos de aves, estiércol o purines de aves usados, a menos que tenga autorización para hacerlo de un inspector veterinario.

Reuniones de aves de corral

10.Ninguna persona permitirá que se recolecten aves de corral u otras aves cautivas en ninguna feria, mercado, espectáculo, exposición u otra reunión.

lanzamiento del juego

11.Ninguna persona liberará aves de caza.

Restricciones al movimiento de aves de corral y huevos dentro de la zona de vigilancia

12.Ninguna persona podrá mover aves de corral o huevos dentro de la zona de vigilancia (excepto a través de la zona por carretera o ferrocarril sin detenerse), a menos que tenga autorización para hacerlo de un inspector veterinario.

13.El apartado 12 no se aplica a la distribución al por menor de huevos ni a los movimientos posteriores a dicha distribución.

14.Un inspector veterinario no debe otorgar una licencia conforme al párrafo 12 a menos que esté convencido de que el titular de la licencia tomará medidas de bioseguridad apropiadas en las instalaciones y la adopción de estas medidas debe ser una condición de la licencia.

15.Un inspector veterinario podrá autorizar el transporte de aves de corral desde fuera de las zonas de protección y vigilancia a un matadero designado dentro de la zona de vigilancia y los movimientos posteriores de la carne derivada de dichas aves de corral.

Restricciones al movimiento de aves de corral y huevos fuera de la zona de vigilancia

dieciséis.Ninguna persona podrá sacar aves de corral o huevos fuera de la zona de vigilancia, a menos que el movimiento sea uno de los siguientes y esté autorizado por un inspector veterinario:

(a) aves de corral para sacrificio (si se cumplen los requisitos del párrafo 18 y cualquier condición adicional de la licencia);

b) pollitos de un día nacidos de huevos originarios de la zona de vigilancia (si se cumplen los requisitos del apartado 19 y cualquier condición adicional de la licencia);

c) pollitos de un día nacidos de huevos procedentes de fuera de las zonas de protección y vigilancia (si se cumplen los requisitos del apartado 20 y cualquier condición adicional de la licencia);

d) aves de corral listas para la puesta en locales, o parte de ellos, donde no se mantengan aves de corral si se cumplen algunas de las condiciones de la licencia;

(e) huevos para incubar de la zona–

(i) a un criadero designado; o

(ii) a un laboratorio o instituto designado para su uso con fines científicos, de diagnóstico o farmacéuticos,

(si se cumplen los requisitos del párrafo 21 y cualquier condición adicional de la licencia);

f) huevos a un centro de embalaje designado (si se cumplen los requisitos del párrafo 22 y cualquier condición adicional de la licencia);

g) huevos a instalaciones para la fabricación de ovoproductos (si se cumplen los requisitos del párrafo 23 y cualquier condición adicional de la licencia);

h) huevos para su eliminación si se cumple alguna de las condiciones de la licencia.

17.El apartado 16 no se aplica a la distribución al por menor de huevos ni a los movimientos posteriores a dicha distribución.

Requisitos para el transporte de aves de corral desde instalaciones situadas en la zona de vigilancia para su sacrificio inmediato en un matadero designado

18.Las aves de corral no deben trasladarse a un matadero designado a menos que un inspector veterinario las haya examinado clínicamente en las instalaciones un máximo de 24 horas antes de que abandonen las instalaciones.

Requisitos para el movimiento de pollitos de un día nacidos de huevos producidos dentro de la zona de vigilancia o de huevos que hayan tenido contacto con dichos huevos

19.Los pollitos de un día no deberán ser trasladados a menos que se cumplan las medidas de bioseguridad establecidas por un inspector veterinario.

Requisitos para el desplazamiento de pollitos de un día nacidos de huevos procedentes de fuera de las zonas de protección y vigilancia

20.Los pollitos de un día nacidos de huevos procedentes de fuera de las zonas de protección y vigilancia no deberán trasladarse a menos que la planta de incubación situada dentro de la zona funcione de forma que los huevos procedentes de fuera de la zona no entren en contacto con los huevos o los pollitos de un día procedentes del interior de la zona. zona.

Requisitos para el movimiento de huevos para incubar desde la zona a un criadero designado, o a un laboratorio o instituto designado para su uso con fines científicos, de diagnóstico o farmacéuticos.

21.Los huevos para incubar no deberán trasladarse de la zona a ningún criadero, laboratorio o instituto a menos que los huevos y sus envases se desinfecten antes de salir de las instalaciones.

Requisitos para el movimiento de huevos de mesa a un centro de empaque

22.Los huevos de mesa no deben transportarse a un centro de embalaje designado a menos que la persona que los transporte cumpla con las medidas de bioseguridad establecidas por un inspector veterinario.

Requisitos para el movimiento de huevos de mesa a locales para la fabricación de ovoproductos.

23.Los huevos no deben transportarse a instalaciones para la fabricación de ovoproductos excepto de conformidad con el capítulo XI del anexo II del Reglamento (CE) nº 852/2004.

Limpieza y desinfección de vehículos.

24.Una persona que transporte aves de corral, otras aves cautivas, cadáveres, piensos, estiércol, purines, cama o cualquier otra cosa que pueda estar contaminada debe limpiar y desinfectar el vehículo y cualquier equipo utilizado para transportar esa cosa tan pronto como se descargue de conformidad con con el artículo 65.

25.Una persona que entre o salga de un local en vehículo deberá, sin demora, limpiar y desinfectar cualquier parte del vehículo que pueda haber sido contaminada de conformidad con el artículo 65.

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25 agosto 2023Confirmación de influenza aviar altamente patógenaDeclaración de Local Infectado, Zona de Protección y Zona de VigilanciaAnexo 1Locales infectadosAnexo 2La zona de protección.Medidas aplicables en la Zona de ProtecciónMantenimiento de registros y deber de informar a los ministros escoceses sobre los cambios en la salud de las aves1.2.3.4.5.6.Aislamiento de aves de corral y otras aves cautivas7.8.Eliminación de cadáveres9.Medidas de bioseguridad10.Camada, estiércol y purines de aves11.Reuniones de aves de corral12.lanzamiento del juego13.Restricciones al movimiento de mamíferos, aves, huevos, carne y canales de aves de corral14.15.dieciséis.17.Requisitos para el transporte de aves de corral desde locales de la zona para su sacrificio inmediato a un matadero designado18.Requisitos para el movimiento de carne de aves de corral enviada a un matadero designado desde locales dentro de la zona19.Requisitos para el traslado de aves de corral a un matadero dentro de la zona desde locales fuera de la zona20.Requisitos para el movimiento de pollitos de un día nacidos de huevos producidos en la zona o de huevos que tuvieron contacto con dichos huevos21.Requisitos para el desplazamiento de pollitos de un día nacidos de huevos procedentes de fuera de la zona22.Requisitos para el movimiento de aves de corral listas para poner23.Requisitos para el movimiento de huevos para incubar desde la zona a un criadero designado o a un laboratorio o instituto designado para su uso con fines científicos, de diagnóstico o farmacéuticos24.Requisitos para el movimiento de huevos de mesa a un centro de empaque25.Requisitos en los mataderos26.Requisitos para la carne de ave27.28.Limpieza y desinfección de vehículos.29.30.Acceso a lugares prohibidos31.Vigilancia veterinaria32.Anexo 3La zona de vigilancia,Medidas aplicables en la Zona de VigilanciaMantenimiento de registros y deber de informar a los ministros escoceses sobre los cambios en la salud de las aves1.2.3.4.5.6.Restricciones al movimiento de aves de corral, otras aves cautivas y mamíferos dentro y fuera de las instalaciones7.Medidas de bioseguridad8.Camada, estiércol y purines de aves9.Reuniones de aves de corral10.lanzamiento del juego11.Restricciones al movimiento de aves de corral y huevos dentro de la zona de vigilancia12.13.14.15.Restricciones al movimiento de aves de corral y huevos fuera de la zona de vigilanciadieciséis.17.Requisitos para el transporte de aves de corral desde instalaciones situadas en la zona de vigilancia para su sacrificio inmediato en un matadero designado18.Requisitos para el movimiento de pollitos de un día nacidos de huevos producidos dentro de la zona de vigilancia o de huevos que hayan tenido contacto con dichos huevos19.Requisitos para el desplazamiento de pollitos de un día nacidos de huevos procedentes de fuera de las zonas de protección y vigilancia20.Requisitos para el movimiento de huevos para incubar desde la zona a un criadero designado, o a un laboratorio o instituto designado para su uso con fines científicos, de diagnóstico o farmacéuticos.21.Requisitos para el movimiento de huevos de mesa a un centro de empaque22.Requisitos para el movimiento de huevos de mesa a locales para la fabricación de ovoproductos.23.Limpieza y desinfección de vehículos.24.25.Anexo 4Mapa que muestra la zona de protección y la zona de vigilanciaGracias por tus comentarios